Para conocer este punto, debemos saber lo que dice la Dirección General de Seguros:
- Cuando la renovación está prevista en el contrato: No es necesario que la compañía te avise con anterioridad de la renovación, ni es necesario que aceptes los nuevos términos, ya que firmaste la póliza con anterioridad.
- Cuando la renovación no está prevista en el contrato: Debe ser aceptada por tí, y por tanto la aseguradora debería comunicarte el aumento de la prima y su renovación con dos meses de antelación al vencimiento del contrato.